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Planilla

Aguinaldo en Costa Rica: cómo se calcula, qué entra y qué no se le rebaja

La fórmula es de una línea y aun así se paga mal todos los años, casi siempre por dos motivos: se olvidan pagos que sí entran en la suma, o se le hacen rebajas que la ley no permite.

9 min de lecturaTicuenta
En una frase: el aguinaldo es la doceava parte de la suma de todos los salarios brutos, ordinarios y extraordinarios, devengados entre el 1 de diciembre del año anterior y el 30 de noviembre del actual. Se paga antes del 20 de diciembre y no se le rebaja nada.

La fórmula, y por qué el proporcional sale solo

Aguinaldo = suma de los salarios del período ÷ 12. Eso es todo.

Y aquí está el detalle que ahorra la mitad de los errores: no hace falta una regla de tres aparte para quien entró a mitad de año. Si alguien trabajó cinco meses, la suma solo contiene esos cinco meses; al dividirla entre doce, el proporcional ya sale. La fórmula es la misma para todo el mundo.

DICENEFEBMARABRMAY JUNJULAGOSETOCTNOV
Aguinaldo Una doceava parte de todo lo devengado en esos doce meses
El período va del 1 de diciembre del año anterior al 30 de noviembre del actual, no de enero a diciembre.
CasoLa operaciónAguinaldo
Todo el año, ₡500.000 al mes ₡6.000.000 ÷ 12 ₡500.000
Entró en julio, ₡500.000 al mes ₡2.500.000 ÷ 12 ₡208.333,33
₡500.000 más ₡900.000 de comisiones en el año ₡6.900.000 ÷ 12 ₡575.000

La Ley 2412 reconoce ese derecho proporcional en su artículo 3 a quien no haya cumplido el año, siempre que haya trabajado al menos un mes.

Qué entra en la suma

Todo lo que sea salario, ordinario y extraordinario. Este es el punto donde más se paga de menos, porque se toma solo el salario base:

  • El salario base
  • Las horas extra
  • Las comisiones
  • Los feriados y los días de descanso pagados
  • Cualquier otro pago de naturaleza salarial
Si la persona tiene salario variable, el aguinaldo también lo es. Quien cobra por comisión no tiene «un salario» que dividir: tiene doce meses distintos que sumar. Tomar el último mes, o un promedio de los últimos tres, da un número que no es el que manda la ley.

Lo que NO se le rebaja

Al aguinaldo no se le aplican cargas sociales de la CCSS y no se le retiene impuesto sobre la renta. Se paga íntegro.

La exención de renta está en el artículo 35, inciso e) de la Ley 7092, y tiene un matiz que es mejor conocer: cubre el aguinaldo hasta el equivalente a la doceava parte de los salarios del período. Si una empresa decide pagar más de lo que corresponde, por política propia o por convenio, ese exceso sí queda sujeto a renta.

La única deducción que admite un aguinaldo es la pensión alimentaria decretada por un juez de la República. Ninguna otra: ni un adelanto, ni un préstamo de la empresa, ni una compra en la soda.

De Ticuenta: la doceava parte se acumula mes a mes, no aparece en diciembre. Ticuenta Contabilidad la provisiona con cada planilla —el 8,33 % del bruto— en su propia cuenta de pasivo. Ver Ticuenta Contabilidad

Cuándo se paga

Antes del 20 de diciembre, sin excepción. No es «en diciembre»: es antes del 20.

Y si la relación laboral termina antes, el aguinaldo proporcional forma parte de la liquidación y se paga con ella, no en diciembre.

Para el contador: la provisión mensual

El aguinaldo se paga en diciembre, pero se devenga todos los meses. Cargarlo entero al gasto de diciembre deja once meses con la utilidad inflada y un diciembre que parece un desastre.

Lo correcto es provisionar cada mes la doceava parte del salario devengado, contra un pasivo de aguinaldo por pagar, y en diciembre cancelar ese pasivo con el pago. Así:

Los asientos del aguinaldo

MomentoDebeHaber
Cada mes Gasto por aguinaldo (1/12 del salario del mes) Aguinaldo por pagar
Al pagarlo, en diciembre Aguinaldo por pagar Banco o efectivo

Si al llegar diciembre el saldo del pasivo no coincide con lo que hay que pagar, la diferencia sale ahí, y es mucho mejor descubrirla en noviembre que el día 19.

Preguntas rápidas

¿Y si la persona trabajó menos de un mes?

La Ley 2412 condiciona el derecho proporcional a haber laborado al menos un mes.

¿El aguinaldo entra en el cálculo de la liquidación?

El aguinaldo proporcional se paga con la liquidación. Otra cosa es cómo se promedia el salario para calcular preaviso y cesantía, que tiene sus propias reglas.

¿Puedo pagarlo por adelantado o en partes?

La obligación es que esté pagado antes del 20 de diciembre. Adelantar el pago no exime de completarlo si después la suma del período resulta mayor.

¿Y el «décimo cuarto»?

En Costa Rica no existe por ley en la empresa privada. Si una empresa lo paga, es un beneficio propio y no comparte la exención del aguinaldo.

De Ticuenta

La provisión mensual, sin llevarla en una hoja aparte

Cargue la planilla del mes y el asiento sale con ella. El aguinaldo por pagar se queda a la vista entre los pendientes hasta que lo salde, que es justo donde tiene que estar.

Ver Ticuenta Contabilidad

Sobre este artículo. El cálculo, el período y el derecho proporcional salen de la Ley 2412; la exención de renta, del artículo 35 de la Ley 7092. No es asesoría laboral: para un caso concreto, consulte al Ministerio de Trabajo o a su asesor.

Información verificada al 6 de septiembre de 2026. La normativa fiscal cambia: confirme la versión vigente antes de aplicarla a un caso real.

Fuentes: Textos vigentes en Sinalevi (Procuraduría)

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