Glosario
Glosario de facturación electrónica en Costa Rica
Los términos que aparecen en cada trámite, explicados en una frase. Si tiene que buscar uno de estos en medio de una gestión, esta página es para eso.
- Anexo (Anexos y estructuras v4.4)
- El documento oficial que define, campo por campo, cómo se construye cada comprobante electrónico. Es donde están escritas las validaciones que aplica Hacienda, muchas de ellas con la consecuencia de que «se rechazará el comprobante».
- ATV Administración Tributaria Virtual
- El portal anterior del Ministerio de Hacienda. Fue sustituido por TRIBU-CR en octubre de 2025. Cualquier instrucción que lo mencione como portal activo está desactualizada.
- CABYS Catálogo de Bienes y Servicios
- Código de trece dígitos que identifica cada bien y cada servicio. Decide la tarifa de IVA que corresponde y, por su primer dígito, si es bien (0–4) o servicio (5–9). Lo publica el BCCR. Artículo completo.
- Clave numérica (de 50 dígitos)
- El identificador único de un comprobante en todo Costa Rica. Se construye con el país, la fecha, la cédula del emisor, el consecutivo, la situación y un código de seguridad.
- Consecutivo
- El número correlativo del comprobante. No puede saltarse ni repetirse, y un rechazo lo quema: no se corrige ni se reenvía, hay que emitir otro.
- D-104
- El formulario anterior de la declaración del IVA. Sustituido por el D-150 por la resolución MH-DGT-RES-0033-2025 al entrar TRIBU-CR. Mucha gente lo sigue llamando así por costumbre.
- D-150
- El formulario vigente de la declaración del IVA. Reparte el impuesto por tarifa y no por actividad económica, como hacía el D-104. Qué cambió.
- FEC Factura Electrónica de Compra
- El comprobante que emite el comprador cuando el proveedor no puede emitir uno costarricense, típicamente porque está en el exterior. Lleva asociada la inversión del sujeto pasivo.
- Inversión del sujeto pasivo
- El mecanismo por el que el impuesto lo declara quien compra en lugar de quien vende. Es lo que hace posible la factura electrónica de compra.
- Llave criptográfica
- El archivo .p12 con el que se firman digitalmente sus comprobantes, más un PIN de cuatro dígitos que usted elige. Se genera en TRIBU-CR y caduca. Cómo sacarla.
- Mensaje de receptor
- La respuesta que usted le debe a cada comprobante que le emiten: aceptación, rechazo o aceptación parcial. Sin él, esa compra no respalda crédito fiscal ni gasto deducible (artículo 21 del reglamento). Artículo completo.
- Nota de crédito
- El comprobante que anula o rebaja uno ya emitido. Una factura electrónica no se borra: se corrige con una nota.
- Nota de débito
- El comprobante que aumenta el importe de uno ya emitido, cuando se facturó de menos.
- Producción y pruebas (sandbox)
- Los dos ambientes de Hacienda, separados de punta a punta. Tienen credenciales y llaves distintas. Lo que se emite en producción es real; lo que se emite en pruebas no existe a efectos fiscales.
- REP Recibo Electrónico de Pago
- El comprobante del cobro de una factura a crédito. Es el que determina en qué mes se declara el IVA de esa venta. Por qué importa tanto.
- Renta de capital inmobiliario
- El régimen por el que tributa el alquiler de un inmueble. La deducción es del 15 % y sustituye a los gastos reales: no admite ninguna otra. Aplicado al alquiler por temporada.
- Tarifa
- El porcentaje de IVA de una operación. En Costa Rica conviven la general del 13 % y varias reducidas. La que corresponde a cada cosa sale de su código CABYS.
- Tico Factura
- El módulo de TRIBU-CR que es a la vez el facturador gratuito de Hacienda y el sitio donde se administran las credenciales para usar otro programa de facturación. El nombre despista.
- Tiquete electrónico
- El comprobante de la venta al consumidor final que no pide factura. No respalda crédito fiscal de quien compra.
- TRIBU-CR
- El portal del Ministerio de Hacienda desde octubre de 2025, en ovitribucr.hacienda.go.cr. Sustituyó al ATV. Ahí se sacan la llave criptográfica y las credenciales del API.
- XML
- El formato del comprobante electrónico. El XML es el documento fiscal; el PDF es solo su representación. Lo que hay que conservar cinco años es el XML con la respuesta firmada de Hacienda.
De Ticuenta
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