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Hospedaje

¿Hay que cobrar IVA por un Airbnb en Costa Rica? Sí, y no lo cobra Airbnb

Es el error más caro del sector, y se comete de buena fe: mucha gente cree que la plataforma ya se encarga del impuesto. No se encarga. Aquí está lo que dice cada fuente, con el documento delante.

11 min de lecturaTicuenta
En una frase: el hospedaje de corta estancia en Costa Rica está sujeto al 13 % de IVA, y quien lo cobra, lo factura y lo declara es el anfitrión. Airbnb sí recauda un IVA, pero es el de su propia comisión como servicio digital, no el de la estancia.
13 %IVA del hospedaje de corta estancia
UstedQuien lo cobra, factura y declara
Sin excepcionesLa inscripción como contribuyente no las admite

Son dos impuestos distintos, y ahí nace la confusión

Cuando un anfitrión ve que Airbnb le carga un impuesto, la conclusión natural es «entonces ya está pagado». Es una conclusión razonable y es equivocada, porque en una reserva conviven dos operaciones separadas:

  • El servicio digital de la plataforma. Airbnb le cobra una comisión por usar su sitio. Ese servicio es transfronterizo y Airbnb está registrada en Costa Rica como perceptora del IVA de servicios digitales, así que ese IVA sí lo recauda ella.
  • El hospedaje. Usted le presta un servicio de alojamiento a una persona, en un inmueble que está en Costa Rica. Esa operación es local, y su IVA le corresponde a usted.
Lo cobra la plataforma

El IVA de la comisión

Airbnb le cobra por usar su sitio. Ese es un servicio digital transfronterizo y su IVA lo recauda ella, que está registrada en Costa Rica para eso.

Lo cobra usted

El IVA de la estancia

Usted le presta alojamiento a una persona en un inmueble que está en Costa Rica. Ese 13 % lo incluye en su precio, lo factura y lo declara usted.

Dos operaciones distintas dentro de la misma reserva. Solo una es suya.

Lo dice la propia guía fiscal que Airbnb publica para Costa Rica, sin rodeos:

«Los anfitriones son responsables de incluir el IVA en el precio del hospedaje y reportar dichos montos a las autoridades costarricenses. […] Actualmente, Airbnb no agrega automáticamente el IVA al precio del hospedaje».

Airbnb · Consideraciones fiscales sobre compartir su espacio en Costa Rica (noviembre de 2025)

Y añade algo que hay que leer dos veces, porque cierra la puerta a la duda más común: «No hay excepciones al registro». En cuanto empieza a prestar alojamiento de corta estancia en un inmueble situado en Costa Rica, hay que inscribirse como contribuyente de IVA.

«Pero el alquiler de vivienda está exento»

Esa exención existe, pero no es la suya. El artículo 8 de la Ley del IVA exime el arrendamiento de uso habitacional cuando la renta mensual no supera 1,5 salarios base. Un Airbnb no es uso habitacional: es hospedaje no tradicional, que es turismo.

La diferencia la marca la Ley 9742, que define el hospedaje no tradicional como el alquiler de viviendas, apartamentos, villas, chalés, bungalós o cuartos por períodos no mayores a un año ni inferiores a veinticuatro horas. Si su huésped se queda tres noches, usted está en esa definición y no en la del inquilino que alquila para vivir.

Dos apuntes prácticos sobre esa exención, por si además tiene inmuebles alquilados a largo plazo:

  • El salario base para 2026 es de ₡462.200, fijado por el Consejo Superior del Poder Judicial. El tope de la exención queda, por tanto, en ₡693.300 al mes.
  • Si la renta supera ese tope, el IVA se aplica sobre el monto total, no sobre el exceso. No es un tramo: es un umbral.
Y ojo con los hoteles. El propio material de la Dirección General de Tributación aclara que los hoteles no entran en el concepto de hospedaje no tradicional: tienen su propio código de actividad. Si alguien le cita reglas hoteleras para su cabina, le está aplicando la norma que no es.

Qué tiene que hacer, en concreto

  • Inscribirse ante Hacienda con la actividad correcta

    El código que corresponde al alquiler por períodos inferiores a un mes es el 551001 —«alquiler de bienes inmuebles de uso habitacional por periodos inferiores a un mes»—. La inscripción y la modificación de datos del contribuyente se hacen hoy en TRIBU-CR.

  • Emitir factura electrónica al huésped, con el 13 %

    No es opcional ni depende de que el huésped la pida. Los comprobantes se emiten en la versión 4.4, que es la vigente. Qué es la versión 4.4.

  • Declarar el IVA todos los meses

    La declaración mensual del IVA se presenta en TRIBU-CR con el formulario 150, que sustituyó al antiguo D-104. Qué cambió del D-104 al D-150.

  • Llevar registros contables y guardar los respaldos

    La guía de Airbnb lo enumera entre las obligaciones del anfitrión: mantener registros contables conforme a las NIIF y conservar la documentación de respaldo de las operaciones.

De Ticuenta: el IVA hay que desglosarlo en el comprobante aunque el huésped haya pagado un precio único. Ticuenta lo separa solo y toma el tipo de cambio del Banco Central. Ver Ticuenta para hospedaje

Cómo poner el precio para que el IVA no se le coma el margen

El IVA no se suma al precio que ve el huésped: hay que llevarlo dentro. Airbnb muestra un precio total y de ahí sale todo, así que si usted publica ₡50.000 la noche pensando que son suyos, en realidad son ₡50.000 con impuesto incluido.

Si usted quiere…OperaciónEjemplo
Saber qué le queda de un precio publicado precio ÷ 1,13 ₡50.000 ÷ 1,13 = ₡44.247,79
Saber cuánto IVA lleva dentro precio − base ₡50.000 − ₡44.247,79 = ₡5.752,21
Publicar para quedarse con una cifra exacta base × 1,13 ₡50.000 × 1,13 = ₡56.500
El error clásico: restarle el 13 % al precio publicado. ₡50.000 menos el 13 % dan ₡43.500, y la base correcta es ₡44.247,79. Son ₡747,79 de diferencia por noche, que en cuarenta noches al mes son casi ₡30.000 que usted declara de más sin necesidad.

Hay una calculadora aquí al lado que hace las tres operaciones.

Hacienda ya recibe sus datos de la plataforma

Este es el motivo por el que el tema dejó de ser teórico. La resolución MH-DGT-RES-0025-2024 estableció una obligación de reporte de información para los operadores de plataformas digitales. La propia guía de Airbnb explica que eso no aumenta las obligaciones del anfitrión. Pero sí significa que la Administración Tributaria recibe la información por su lado.

Dicho de otra manera: la pregunta ya no es si vale la pena declarar. Es si sus declaraciones van a cuadrar con lo que Hacienda ya tiene.

Preguntas rápidas

¿Y si alquilo por Booking, Vrbo o por mi cuenta?

Lo mismo. La obligación nace de prestar el servicio de alojamiento en Costa Rica, no del canal por el que llegó el huésped. Cambia quién le cobra comisión, no quién debe el IVA.

¿Alquilo solo dos meses al año, también?

También. La inscripción no tiene un mínimo de actividad, y la guía de Airbnb es explícita en que no hay excepciones al registro.

¿El IVA que pago en la limpieza o los muebles me lo puedo acreditar?

Esa es la pregunta correcta, y la respuesta depende de su régimen de renta y del uso que se le dé al inmueble. Es exactamente la clase de decisión que es mejor revisar con su contador: de qué depende, en el artículo de los dos regímenes.

¿La comisión de Airbnb la tengo que facturar yo?

Sí, con una factura electrónica de compra: el proveedor está en el exterior y no puede emitir un comprobante costarricense. Las tres obligaciones de un anfitrión.

De Ticuenta

Facturar cada estancia a mano es lo que hace que se deje de hacer

Las reservas entran solas, la factura de la estancia sale con su IVA y la comisión de la plataforma queda respaldada.

Ver Ticuenta para hospedaje

Sobre este artículo. Todo lo que se afirma está tomado de la guía fiscal que Airbnb publica para Costa Rica (noviembre de 2025), del material de la Dirección General de Tributación sobre hospedajes no tradicionales, de la Ley 9742 y de la Ley del Impuesto sobre el Valor Agregado. No es asesoría fiscal: su caso puede tener particularidades, y para eso está su contador.

Información verificada al 6 de septiembre de 2026. La normativa fiscal cambia: confirme la versión vigente antes de aplicarla a un caso real.

Fuentes: Ministerio de Hacienda Textos vigentes en Sinalevi (Procuraduría)

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