Saltar al contenido
Empezar gratis
Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes sobre facturación electrónica en Costa Rica.

Lo que más nos preguntan sobre la norma, sobre los programas y sobre lo que hay que tener listo antes de emitir la primera factura.

Sobre la norma

¿Qué es la versión 4.4 de la factura electrónica?

Es la versión vigente del formato de comprobantes electrónicos de Costa Rica, establecida por la resolución MH-DGT-RES-0027-2024 y su actualización de anexos. Define, campo por campo, cómo se construye cada comprobante y qué revisa Hacienda antes de aceptarlo. Para usted lo que cambia es esto: hay más maneras de que un comprobante salga rechazado, y casi todas se pueden evitar antes de transmitirlo.

Guía completa de la versión 4.4.

¿Qué pasa si Hacienda rechaza un comprobante?

Un rechazo quema el consecutivo: el comprobante queda sin validez, no se corrige ni se reenvía, y hay que emitir otro con el número siguiente. Ni siquiera lleva nota de crédito. Por eso importa tanto que las validaciones se hagan antes de transmitir y no después.

Las causas reales de rechazo, y qué se hace cuando ya pasó.

¿Qué es el CABYS y por qué me lo piden?

Es el código de trece dígitos con el que Costa Rica identifica cada bien y cada servicio. Decide dos cosas que Hacienda comprueba: qué tarifa de IVA le corresponde, y si lo que vende cuenta como mercancía o como servicio. Lo segundo lo determina el primer dígito: del 0 al 4 son bienes, del 5 al 9 servicios.

Qué es el CABYS y cómo buscarlo.

¿Tengo que aceptar las facturas que me emiten mis proveedores?

Sí, y no es un trámite opcional. El artículo 21 del Reglamento de Comprobantes Electrónicos dice que los comprobantes recibidos «deben contar con el respectivo mensaje de aceptación como respaldo de la validación, pues de lo contrario no podrán ser utilizados como respaldo de créditos fiscales ni como gastos deducibles».

Aceptar, rechazar o aceptar parcialmente.

¿Sigue existiendo el D-104?

No. La resolución MH-DGT-RES-0033-2025 lo sustituyó por el D-150 al entrar TRIBU-CR, y el formulario nuevo reparte el IVA por tarifa y no por actividad económica. Mucha gente lo sigue llamando D-104 por costumbre.

Qué cambió del D-104 al D-150.

¿Cuánto tiempo tengo que guardar los comprobantes?

Cinco años, según el artículo 22 del reglamento, y se conservan tanto los emitidos como los recibidos junto con sus documentos asociados. Y no basta con guardar los PDF ni una copia de la base del programa: lo que hay que conservar son los XML con la respuesta firmada de Hacienda. Con Ticuenta se los lleva en bloque: elige un mes, un año o los que quiera, y baja un zip con el XML, la respuesta de Hacienda y el PDF de cada uno, más un índice para el contador.

Sobre empezar a facturar

¿Qué necesito para empezar a facturar electrónicamente?

Dos cosas, y las dos se sacan en TRIBU-CR (ovitribucr.hacienda.go.crTico Factura): la llave criptográfica con la que se firman sus comprobantes, y las credenciales del API con las que el programa habla con Hacienda.

Cómo se sacan, paso a paso.

¿Y el ATV? Llevo años entrando por ahí.

El portal ATV fue sustituido por TRIBU-CR en octubre de 2025. Las llaves criptográficas y las credenciales del API ahora se generan ahí.

Vengo de otro facturador. ¿Pierdo mi numeración?

No. La numeración se continúa desde donde la dejó el programa anterior. Es lo primero que se rompe al cambiar de sistema y por eso está resuelto antes que nada: un consecutivo que se reinicia es un problema con Hacienda, no una molestia.

¿Puedo probar sin emitir facturas de verdad?

Sí. Hacienda tiene un ambiente de pruebas con credenciales y llave propias, distintas de las de producción. La barra le dice en cuál de los dos está, en todas las pantallas, porque un ensayo hecho por error en producción es una factura de verdad con su consecutivo gastado.

Sobre Ticuenta

¿Ticuenta está autorizado o certificado por Hacienda?

En Costa Rica Hacienda no autoriza ni certifica programas de facturación. Lo que valida es cada comprobante que llega: si el XML cumple el esquema y las reglas del anexo, lo acepta; si no, lo rechaza. Desconfíe de quien le diga que su programa está «certificado por Hacienda».

Lo que sí se comprueba es que Hacienda acepte los comprobantes. Los siete tipos de la v4.4 se emitieron en el ambiente de pruebas de Hacienda, y Hacienda los aceptó.

¿Necesito los dos programas?

No. Cada uno funciona solo y resuelve un oficio completo. Y Ticuenta Contabilidad funciona con comprobantes emitidos por cualquier facturador del mercado: no le obliga a cambiar de facturador para usarlo.

Si me voy, ¿me llevo mis datos?

Sí, y de una vez: marca los comprobantes que quiera —o todos los de un período, ventas y gastos— y baja un zip con el XML firmado, la respuesta de Hacienda y el PDF de cada uno, más un índice para el contador. Los informes salen en Excel y PDF. Si algún día se va, se lleva su archivo entero y le sirve tal cual en cualquier otro programa; descargar lo suyo funciona incluso con la suscripción vencida.

¿Ya puedo usar Ticuenta?

Ticuenta Facturación ya está funcionando y se abre por tandas, con los primeros clientes. Si quiere entrar en la siguiente, escríbanos. Ticuenta Contabilidad llega más adelante.

¿Su pregunta no está aquí?

Escríbanos y le contestamos. Si le sirve a más gente, la agregamos a esta página.

Escribirnos