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IVA

Crédito fiscal del IVA: cuándo se pierde y cómo evitarlo

Hay una lista en la ley de compras que no dan crédito por más factura que tenga —comidas, hoteles, viajes, vehículos—. Y hay tres formas de perderlo por descuido.

7 min de lecturaTicuenta
En una frase: para acreditarse el IVA de una compra hacen falta tres cosas: que la compra dé derecho, que tenga factura electrónica y que la haya aceptado. Falla una y el impuesto que pagó se le convierte en gasto.

Las compras que no dan crédito, aunque tenga la factura

El artículo 19 de la Ley del IVA trae una lista concreta. Estas compras no dan derecho a crédito fiscal, salvo que usted se dedique habitualmente a venderlas o alquilarlas, o que su importe sea costo o gasto deducible en renta:

QuéDetalle
Joyas y metales preciososAlhajas, piedras preciosas, perlas y objetos de oro o platino
Alimentos, bebidas y tabacoLa factura del almuerzo del equipo entra aquí
Espectáculos y recreaciónServicios de carácter recreativo
Viajes, hotelería y alimentaciónServicios de desplazamiento, hospedaje y comidas
VehículosLos que no tengan placa de equipo especial, y su cesión de uso. Aquí sí hay crédito, pero solo por el 50 % del IVA pagado
Ese 50 % del vehículo es el dato que más gente aplica mal. No es «no da crédito» ni «da crédito completo»: la ley concede el cincuenta por ciento del impuesto pagado. Acreditarse el 100 % es declarar de menos.

Tres formas de perderlo por descuido

  • No tener factura electrónica

    Sin el comprobante electrónico no hay crédito. Y los documentos que no cumplan los requisitos no son válidos para respaldarlo, salvo que se subsanen antes de que empiece cualquier actuación fiscalizadora. Después ya no.

  • No aceptar la compra en plazo

    Es la fuga más silenciosa. El Reglamento de Comprobantes Electrónicos dice que sin el mensaje de aceptación los comprobantes «no podrán ser utilizados como respaldo de créditos fiscales ni como gastos deducibles». Cómo funciona el mensaje de receptor.

  • Dejar pasar el plazo para aplicarlo

    El derecho se ejerce en la declaración del período en que nace o en las siguientes, mientras no haya prescrito. Y si le queda saldo a favor, se traslada a los meses siguientes: no se pierde por no usarlo de golpe.

El límite que casi nadie conoce: vender a tarifa reducida

Si vende al 1 % o al 2 %, su crédito no es el 13 % que pagó.

El artículo 26 lo establece: en operaciones sujetas a tarifa reducida, el crédito fiscal es el que resulte de aplicar ese tipo reducido a la base imponible del impuesto pagado en las adquisiciones usadas para esas operaciones.

Lo que se supone

«Pagué 13 %, me acredito 13 %»

Es lo intuitivo, y es de donde salen las declaraciones que no cuadran.

Lo que dice la ley

El crédito sigue a la tarifa de venta

Si vende al 1 %, el crédito de lo comprado para esa operación se calcula con ese tipo, no con el que pagó.

Artículo 26 de la Ley del IVA, para operaciones sujetas a tarifa reducida.

Y si vende cosas con y sin derecho a crédito

El artículo 22 lo resuelve con tres reglas, según se pueda identificar el destino de la compra:

La compra se usó…Crédito
Solo en operaciones CON derecho100 % contra el débito del período
Solo en operaciones SIN derechoNinguno: es costo o gasto
En las dos, sin poder separarlasSe aplica la proporción

Cómo se calcula esa proporción.

Tres reglas más que es mejor tener presentes

  • No se puede acreditar más de lo consignado. El crédito no es admisible en cuantía superior al impuesto expresa y separadamente indicado en el documento.
  • Ni antes de tiempo. No procede el crédito antes del momento en que ocurra el hecho generador.
  • Compras entre varios. Si adquieren un bien en común, cada uno se acredita su parte, siempre que la factura consigne por separado la base y el impuesto de cada destinatario.

Preguntas rápidas

Invité a un cliente a almorzar y tengo la factura. ¿Me acredito el IVA?

Los alimentos y bebidas están en la lista del artículo 19. La salvedad es que el importe sea costo o gasto deducible en renta, y eso hay que poder sostenerlo.

Compré un vehículo para la empresa. ¿Y ahora?

Si la placa no tiene clasificación de equipo especial, el crédito es del 50 % del IVA pagado. Y si además tiene operaciones sin derecho a crédito, encima entra la proporción.

Se me pasó aceptar una compra del mes pasado. ¿La pierdo?

Depende de si sigue en plazo. Y ese es exactamente el motivo por el que conviene que las compras pendientes estén a la vista y no en una carpeta.

De Ticuenta

Las compras que esperan por usted, contadas en la barra

Los comprobantes de sus proveedores entran solos, y verá separado lo que usted ya contestó de lo que Hacienda ya confirmó.

Ver Ticuenta Facturación

Sobre este artículo. Las exclusiones son del artículo 19 de la Ley 6826; los requisitos formales, del 20; las reglas de operaciones mixtas, del 22; el límite en tarifa reducida, del 26; y el plazo, del 28. La regla del mensaje de aceptación es del artículo 21 del Reglamento de Comprobantes Electrónicos.

Información verificada al 6 de septiembre de 2026. La normativa fiscal cambia: confirme la versión vigente antes de aplicarla a un caso real.

Fuentes: Reglamento de Comprobantes Electrónicos (Hacienda) Textos vigentes en Sinalevi (Procuraduría)

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