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El D-105 paso a paso: cómo presentar la declaración del régimen simplificado

El régimen simplificado declara en un solo formulario, cuatro veces al año. Aquí qué es el D-105, cuándo se presenta y qué se teclea, sin vueltas.

5 min de lecturaTicuenta
En una línea: el D-105 es la declaración del régimen simplificado. Se presenta y se paga en TRIBU-CR dentro de los primeros quince días naturales del mes siguiente al cierre de cada trimestre. Lleva un número clave —sus compras del período— que el formulario multiplica por el factor de su actividad.

Cuándo se presenta

Ene – mar1.º trimestreHasta el 15 de abril
Abr – jun2.º trimestreHasta el 15 de julio
Jul – set3.er trimestreHasta el 15 de octubre
Oct – dic4.º trimestreHasta el 15 de enero
Son días naturales, no hábiles: si el 15 cae en fin de semana, el plazo corre hasta ese día.

Cómo se presenta, paso a paso

  1. Reúna las compras del trimestre (y, si su actividad lo pide, la mano de obra y los gastos). Esa suma es la base.
  2. Entre a TRIBU-CR con su usuario y busque el formulario D-105, Régimen Simplificado.
  3. Elija el período (el trimestre que cerró) y escriba la base en «Compras del período».
  4. El formulario calcula solo el IVA y la renta con el factor de su actividad. Compruebe que el total cuadre con lo que esperaba.
  5. Presente y pague. En el régimen simplificado la declaración y el pago van juntos.
  6. Guarde el comprobante de presentación y el de pago con su registro de compras.
Si el trimestre no tuvo movimiento. Hay que presentar igual, en cero. Dejar de presentar un período —aunque no haya nada que pagar— es lo que acumula multas y, con el tiempo, lo saca del régimen.

Qué pasa si se presenta tarde

Presentar fuera de plazo genera una multa por la declaración tardía y, si había impuesto, intereses sobre lo que se pagó tarde. El cálculo lo hace la propia TRIBU-CR al liquidar. Lo barato es no llegar a eso: el plazo es corto —quince días— y fijo cuatro veces al año, así que conviene tener las compras sumadas antes de que cierre el trimestre.

Lo que hay que tener a mano

  • El registro de compras del trimestre: fecha, proveedor y monto de cada una.
  • Las facturas que respaldan esas compras.
  • Si su actividad lo usa, lo pagado en mano de obra, gastos de producción, combustible o los kilómetros del trimestre.
De Ticuenta

El número del D-105, ya sumado

Ticuenta recibe sus gastos sin tope, lleva el registro de compras y le arma el machote del D-105: la base y los dos impuestos, listos para copiar en TRIBU-CR. Sin hojas aparte.

Ver Ticuenta Facturación

Información verificada al 8 de octubre de 2026. El régimen y su declaración están en el capítulo VIII de la Ley del IVA y en el Decreto 43881-H (con la reforma del Decreto 45209 de 2025). Confirme plazos y formularios vigentes en Hacienda antes de presentar.

Fuentes: Ministerio de Hacienda · TRIBU-CR Textos vigentes en Sinalevi (Procuraduría)

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