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Planilla

El 10 % de servicio: obligatorio, del salonero, y con plazos para entregarlo

No es salario ni propina voluntaria: es una retribución que paga el cliente. El patrono no participa de ella. Y retenerla tiene sanción penal.

8 min de lecturaTicuenta
La regla: los saloneros y meseros de restaurantes, bares, sodas y demás establecimientos con servicio en mesa son retribuidos por el consumidor, además de su salario, con un 10 % obligatorio en todos los casos calculado sobre la cuenta de cada mesa sin incluir el impuesto, indicado por separado en la factura como «Servicio 10%».

Son dos cosas distintas

El 10 % de servicioLa propina voluntaria
¿Obligatorio?Sí, en todos los casosNo, es discrecional
¿Va en la factura?Sí, por separadoNo, nunca
Cómo se calcula10 % de la cuenta sin el impuestoLo que decida el cliente
A quién se entregaAl trabajador, por el patronoDirectamente al salonero
La base es la cuenta sin el impuesto. El 10 % se calcula sobre el consumo, no sobre el total facturado con IVA. Calcularlo sobre el total infla el cargo y no es lo que manda la ley.

Por qué no es salario

Porque son retribuciones económicas pagadas por un tercero ajeno a la relación laboral entre el salonero y su patrono. Por eso no constituyen parte del salario ni se consideran para el cálculo y pago de las cargas sociales y las prestaciones laborales que debe cubrir el patrono.

La consecuencia práctica es grande: el 10 % no entra en la base del aguinaldo, de las vacaciones, del preaviso ni de la cesantía. Y tampoco genera cuota obrera ni patronal.

Pero eso no lo convierte en dinero del negocio. Es exactamente lo contrario: la ley dice que los patronos no deberán participar del beneficio de ese 10 %, ni impedir o interferir en su cobro, ni son responsables de las obligaciones relativas a él. Es plata del trabajador que pasa por la caja del establecimiento.

Los plazos para entregarlo

ConceptoForma de pago del clientePlazo para entregarlo
10 % de servicioEfectivoUna semana
10 % de servicioTarjeta de débito o créditoUn mes
Propina voluntariaTarjeta de débito o créditoUn mes

Son plazos máximos. El del efectivo es corto por una razón evidente: ese dinero ya entró completo a la caja.

De Ticuenta: ese dinero entra a la caja del negocio pero no es del negocio. En Ticuenta Contabilidad puede llevarlo en una cuenta de pasivo aparte, con el saldo pendiente siempre a la vista. Ver Ticuenta Contabilidad

Lo que está absolutamente prohibido

Hacer cualquier deducción al 10 % de servicio: por contribución a los gastos del empleador, por cobro, por reposición, reparación o mejoramiento de la vajilla o de cualquier otro insumo del establecimiento, o por cualquier concepto análogo.

Es la práctica que la ley vino a cortar: descontarle al salonero los platos rotos, el vaso que se cayó o «la parte de los gastos». La violación se sanciona conforme al artículo 614 del Código de Trabajo, y el empleador queda obligado a pagar las sumas adeudadas debidamente indexadas.

Y retener el 10 % no es una falta laboral: es penal. El empleador que retenga lo recaudado por concepto del 10 % de servicio será sancionado con lo dispuesto en el artículo 223 del Código Penal. Y lo que el trabajador deje de percibir por causa imputable al patrono se considera una deuda de este con aquel.

Cómo se registra

El 10 % no es ingreso del establecimiento y no es gasto de salarios. Es dinero que se recibe por cuenta de un tercero: entra a caja y sale hacia el trabajador. En el balance vive como un pasivo mientras no se entregue.
El caso · una cuenta de mesa
Consumo
₡20.000
Servicio 10 %, sobre el consumo
₡2.000
IVA del consumo
₡2.600
Ingreso del restaurante
₡20.000
Pasivo con el salonero
₡2.000

El asiento del cobro

CuentaDebeHaber
Caja24.600
Ventas20.000
IVA por pagar2.600
Servicio 10 % por pagar a saloneros2.000

Cuando se entrega al trabajador, se debita ese pasivo contra bancos o caja. Y no pasa por la planilla: no es salario, no genera cargas y no va en el asiento de nómina.

Meterlo en ingresos es el error que más caro sale. Infla las ventas del establecimiento, y con ellas la base de renta, por dinero que nunca fue suyo. Y del otro lado, registrar la entrega como gasto de salarios distorsiona el costo de personal y la conciliación con la planilla de la CCSS.

Una pregunta que conviene consultar

El tratamiento del 10 % de servicio frente al IVA ha generado discusión pública, y no hemos encontrado un criterio oficial que la cierre de forma inequívoca. Como es una decisión que se toma línea por línea en la factura, no está de más confirmarla con su contador y dejar el criterio aplicado de forma consistente, no cambiarlo de un mes a otro.

De Ticuenta

Lo que no es suyo, en su propia cuenta

Lleve el 10 % de servicio en una cuenta de pasivo separada: las ventas del mes no lo incluyen y el saldo pendiente está siempre a la vista.

Ver Ticuenta Contabilidad

Sobre este artículo. Todo lo citado sale de la Ley 9116, «Ley para Proteger el Empleo de los Saloneros y Meseros», que reforma la Ley 4946 —Ley que Crea el Derecho a Propina a Trabajadores de Restaurantes, de 3 de febrero de 1972— y la Ley 5635. Las sanciones remiten al artículo 223 del Código Penal y al 614 del Código de Trabajo. Información verificada al 6 de septiembre de 2026. No es asesoría legal.

Fuentes: Textos vigentes en Sinalevi (Procuraduría) Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

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