El preaviso
Cualquiera de las dos partes puede terminar el contrato indefinido sin justa causa, dando aviso a la otra. Los plazos son estos:
| Tiempo trabajado | Preaviso |
|---|---|
| De 3 a 6 meses continuos | 1 semana |
| Más de 6 meses y hasta 1 año | 15 días |
| Más de 1 año | 1 mes |
El auxilio de cesantía, con la tabla completa
Procede cuando el contrato indefinido termina por despido injustificado, por alguna de las causas del artículo 83, las que dan al trabajador derecho a irse por culpa del patrono, o por otra causa ajena a la voluntad del trabajador.
| Antigüedad | Días de salario |
|---|---|
| De 3 a 6 meses | 7 días |
| Más de 6 meses y menos de 1 año | 14 días |
| Año 1 | 19,5 días |
| Año 2 | 20 días |
| Año 3 | 20,5 días |
| Año 4 | 21 días |
| Año 5 | 21,24 días |
| Año 6 | 21,5 días |
| Años 7, 8 y 9 | 22 días |
| Año 10 | 21,5 días |
| Año 11 | 21 días |
| Año 12 | 20,5 días |
| Año 13 y siguientes | 20 días |
A partir del año 2, cada renglón se paga «por año laborado o fracción superior a seis meses».
Sobre qué salario se calcula
La diferencia importa cuando hubo comisiones, horas extra o un aumento reciente: el promedio de seis meses puede quedar bastante por debajo, o por encima, del salario del último mes.
De Ticuenta: el finiquito no es una planilla más: tiene su propio asiento. En Ticuenta Contabilidad se registra aparte y descarga la provisión de cesantía que se venía acumulando. Ver Ticuenta Contabilidad
Vacaciones y aguinaldo: se pagan siempre
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Vacaciones no disfrutadas
Al cesar por cualquier causa, el trabajador tiene derecho a recibir en dinero las vacaciones que no disfrutó. El mínimo legal es de dos semanas por cada cincuenta semanas de trabajo continuo.
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Si no llegó a las cincuenta semanas
Le corresponde, como mínimo, un día de vacaciones por cada mes trabajado, pagado en el momento del retiro.
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Aguinaldo proporcional
La parte del período que alcanzó a devengar, calculada igual que el aguinaldo de diciembre.
Qué no interrumpe la antigüedad
La continuidad del trabajo no se interrumpe por enfermedad, vacaciones, huelga legal ni causas análogas. Y es absolutamente nula cualquier cláusula del contrato dirigida a cortar esa continuidad, el clásico de renovar el contrato cada once meses no borra la antigüedad.
¿Y el Fondo de Capitalización Laboral?
Su relación con la cesantía viene de la Ley de Protección al Trabajador, que es la misma que reformó el artículo 29. Antes de descontar nada del auxilio de cesantía por este concepto, vale la pena verificarlo con un asesor laboral: es de los puntos donde más se equivocan las liquidaciones hechas a mano.
La liquidación, con su propio asiento
El finiquito se registra aparte de la planilla del mes y descarga contra la provisión de cesantía que se venía acumulando.
Ver Ticuenta ContabilidadSobre este artículo. El preaviso está en el artículo 28 del Código de Trabajo; la cesantía y su tabla, en el 29, reformado por el artículo 88 de la Ley de Protección al Trabajador n.º 7983; la base de cálculo y la continuidad, en el 30; las vacaciones, en el 153 y el 156. No es asesoría laboral: para un caso concreto, consulte al Ministerio de Trabajo o a su abogado.
Información verificada al 6 de septiembre de 2026. La normativa fiscal cambia: confirme la versión vigente antes de aplicarla a un caso real.
Fuentes: Código de Trabajo (TSE) Textos vigentes en Sinalevi (Procuraduría)