La idea, sin jerga
Si este año usted deduce fiscalmente menos gasto del que registró en libros, paga más impuesto hoy, y menos en algún año futuro. Ese «menos en el futuro» es un activo por impuesto diferido. Al revés, si deduce más de lo que registró, paga menos hoy y más después: eso es un pasivo por impuesto diferido.
El caso
- Costo del equipo
- ₡3.000.000
- Vida útil contable estimada
- 3 años
- Depreciación fiscal del reglamento
- 20 % anual · 5 años
- Tarifa del impuesto
- 30 %
Contablemente se deprecia ₡1.000.000 al año durante tres. Fiscalmente, ₡600.000 al año durante cinco. El total es el mismo; lo que cambia es cuándo.
La tabla, año por año
| Año | Valor en libros | Base fiscal | Diferencia | Diferido acumulado (30 %) |
|---|---|---|---|---|
| 1 | 2.000.000 | 2.400.000 | 400.000 | 120.000 activo |
| 2 | 1.000.000 | 1.800.000 | 800.000 | 240.000 activo |
| 3 | 0 | 1.200.000 | 1.200.000 | 360.000 activo |
| 4 | 0 | 600.000 | 600.000 | 180.000 activo |
| 5 | 0 | 0 | 0 | 0 |
La base fiscal es mayor que el valor en libros: quedan ₡1.200.000 de depreciación fiscal por deducir cuando en libros ya no queda nada. Eso es un beneficio futuro, y por eso es un activo por impuesto diferido. En el año 5 la diferencia se cierra sola.
De Ticuenta: esa tabla hay que llevarla por cada activo, y ahí es donde se pierde el rastro. En Ticuenta Contabilidad cada partida que difiere del criterio fiscal puede vivir en su propia cuenta, y su mayor es el papel de trabajo. Ver Ticuenta Contabilidad
Los asientos
Año 1 · se reconoce el activo diferido
| Cuenta | Debe | Haber |
|---|---|---|
| Activo por impuesto diferido | 120.000 | — |
| Gasto por impuesto sobre la renta — diferido | — | 120.000 |
Año 2 · se aumenta hasta ₡240.000
| Cuenta | Debe | Haber |
|---|---|---|
| Activo por impuesto diferido | 120.000 | — |
| Gasto por impuesto sobre la renta — diferido | — | 120.000 |
Año 4 · empieza a revertirse
| Cuenta | Debe | Haber |
|---|---|---|
| Gasto por impuesto sobre la renta — diferido | 180.000 | — |
| Activo por impuesto diferido | — | 180.000 |
En el año 5 se revierten los ₡180.000 que quedan y la cuenta queda en cero. Sumados los cinco años, el efecto en resultados es nulo: el diferido no cambia cuánto impuesto se paga, cambia en qué año aparece el gasto en el estado de resultados.
Cuándo NO se reconoce el activo
Qué dice la Administración Tributaria
Que sí se aplica. La resolución que interpreta las NIIF en materia tributaria señala expresamente que, en el caso del impuesto diferido, el contribuyente deberá aplicarlo en todo lo que la norma contable establezca, siempre que no se oponga a una norma tributaria.
De dónde salen las diferencias, en la práctica
| Origen | Tipo |
|---|---|
| Vida útil contable distinta de la tasa del reglamento | Temporaria |
| Estimación de incobrables | Temporaria |
| Estimación por deterioro de inventarios | Temporaria |
| Provisiones de aguinaldo y vacaciones no pagadas | Temporaria |
| Multas e intereses de Hacienda | Permanente |
| Gastos sin comprobante idóneo | Permanente |
Las temporarias generan diferido. Las permanentes, no: se suman en la conciliación del año y ahí se acaba.
Las diferencias, separadas desde el asiento
Abra una cuenta aparte para cada partida que va a diferir del criterio fiscal: el mayor de esa cuenta es su papel de trabajo del diferido.
Ver Ticuenta ContabilidadSobre este artículo. El reconocimiento y la medición del impuesto diferido están en la sección 29 de la NIIF para las PYMES; la obligación de reevaluar los activos no reconocidos, en el párrafo 29.23. El criterio de la Administración Tributaria, en el considerando VIII de la resolución DGT-R-029-2018. Las tasas de depreciación fiscal, en el anexo del reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Los números son ilustrativos y la tarifa del 30 % se usa para simplificar.
Fuentes: NIIF para las PYMES (IFRS Foundation) Textos vigentes en Sinalevi (Procuraduría)