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NIIF

Inventarios (sección 13): el caso, el cálculo y el asiento

Qué entra en el costo, cuándo hay que bajarlo y con qué asiento. Con números. Y con la parte que Hacienda no le va a aceptar.

8 min de lecturaTicuenta
La regla, en una frase: el inventario se mide al menor entre su costo y su precio de venta estimado menos los costos de terminarlo y venderlo. Cuando el segundo es menor, se reconoce la pérdida ya, no cuando se venda.

Qué entra en el costo

  • El precio de compra

    Menos los descuentos y las rebajas: no son ingreso, son menor costo.

  • Aranceles, transporte y manipulación

    Todo lo necesario para dejar la mercadería en condiciones de venderse. El IVA que sí da crédito no entra; el que no da crédito, sí es costo.

  • Lo que NO entra

    Almacenamiento posterior a la compra, gastos de administración y de venta, y las mermas anormales. Esos van a resultados del período.

PEPS o promedio, nunca UEPS

La norma prohíbe expresamente el UEPS. «Última entrada, primera salida» no está permitido. Quedan dos fórmulas: primera entrada, primera salida y costo promedio ponderado. Y para lo que no es intercambiable —un lote hecho a medida, una obra— se usa identificación específica.
El caso · costo promedio ponderado

Una ferretería mueve un mismo tornillo durante el mes:

Saldo inicial: 100 unidades a ₡500
₡50.000
Compra: 300 unidades a ₡600
₡180.000
Disponible: 400 unidades
₡230.000
Costo promedio: ₡230.000 ÷ 400
₡575
Vende 250 unidades × ₡575
₡143.750
Quedan 150 unidades × ₡575
₡86.250

Con PEPS el costo de esas 250 unidades habría sido ₡140.000 (las 100 a ₡500 y 150 a ₡600) y el saldo final ₡90.000. Ninguna de las dos está mal: lo que la norma pide es aplicar la misma fórmula de forma consistente a los inventarios de naturaleza y uso similar.

Cuándo hay que bajar el inventario

Cuando el valor neto realizable —lo que espera recibir por venderlo, menos lo que le falta gastar para venderlo— cae por debajo del costo en libros. Se evalúa partida por partida, no sobre el total del inventario.
El caso · mercadería que ya no se vende al precio de antes

Quedan 40 impresoras de un modelo descontinuado:

Costo en libros: 40 × ₡85.000
₡3.400.000
Precio al que se puede vender hoy: 40 × ₡70.000
₡2.800.000
(−) Comisión del vendedor, 5 %
₡140.000
Valor neto realizable
₡2.660.000
Pérdida por deterioro
₡740.000

El asiento

CuentaDebeHaber
Pérdida por deterioro de inventarios (gasto)740.000
Estimación por deterioro de inventarios740.000

La estimación es una cuenta correctora del activo: el inventario sigue registrado a ₡3.400.000 y se presenta neto en ₡2.660.000. Cuando esas impresoras se vendan, se descarga la estimación contra el costo de ventas.

Y si el precio se recupera, la baja se revierte. La norma exige revisar el valor neto realizable en cada fecha sobre la que se informa. Si las circunstancias cambian y el inventario vuelve a valer, se reversa el deterioro, con el tope del costo original. No se puede subir por encima de lo que costó.

De Ticuenta: la estimación es mejor llevarla en una cuenta correctora propia, separada del inventario. En Ticuenta Contabilidad se abre en el catálogo y el balance la presenta neta. Ver Ticuenta Contabilidad

Dónde choca con lo fiscal en Costa Rica

Esa pérdida de ₡740.000 es correcta contablemente y no deducible fiscalmente. Es una estimación, y la Administración Tributaria no admite estimaciones para determinar la renta imponible.

Lo mismo con el criterio general: para efectos tributarios no se acepta el valor razonable ni el valor de mercado como base de medición. En la conciliación fiscal esos ₡740.000 se suman de vuelta, y cuando la mercadería se venda de verdad, el resultado fiscal se acomoda.

Los faltantes de inventario tienen su propia trampa, y es de IVA. Si hay un faltante y no hay prueba de a qué se debe, se presume que la mercancía se vendió al precio normal de venta, y sobre ese precio se cobra el impuesto, no sobre el costo. Documentar las mermas y las destrucciones no es burocracia: es lo que evita esa presunción.

Lo que hay que dejar montado

  • Una cuenta de estimación por deterioro separada del inventario, para que la conciliación fiscal salga de un reporte.
  • La fórmula de costo por familia de producto, escrita en la política contable. Cambiarla después es un cambio de política, no una decisión del mes.
  • El acta de las mermas, con fecha y responsable. Es la prueba idónea.
De Ticuenta

El efecto del ajuste, visible el mismo día

Los estados se calculan desde los asientos, así que en cuanto registra el deterioro ve cómo queda el resultado. Sin esperar a un cierre.

Ver Ticuenta Contabilidad

Sobre este artículo. Las reglas de medición, las fórmulas de costo y la prohibición del UEPS están en la sección 13 de la NIIF para las PYMES. El tratamiento fiscal de las estimaciones y del valor razonable, en la resolución DGT-R-029-2018; la presunción sobre faltantes de inventario, en su artículo sobre inventarios. Los números de los ejemplos son ilustrativos.

Fuentes: NIIF para las PYMES (IFRS Foundation) Textos vigentes en Sinalevi (Procuraduría)

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