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Partes relacionadas (sección 33): qué hay que revelar, aunque no se cobre nada

La sección que más incomoda en la empresa familiar: obliga a poner por escrito lo que se mueve entre el dueño, sus sociedades y la empresa. Incluso lo que se hace gratis.

12 min de lecturaTicuenta
La frase que decide casi todo: una transacción entre partes relacionadas es una transferencia de recursos, servicios u obligaciones con independencia de que se cargue o no un precio. Lo gratuito también se revela.

Esta sección no cambia ningún número del balance. Es información a revelar. Pero es la que más problemas da en una revisión, porque lo que pide está fuera de la contabilidad: está en cómo funciona de verdad la empresa.

Quién es parte relacionada

Personas. Una persona, o un familiar cercano suyo, está relacionada si:

  • Es personal clave de la gerencia de la entidad o de su controladora.
  • Ejerce control o control conjunto sobre la entidad.
  • Ejerce influencia significativa sobre ella.

Entidades. Una entidad está relacionada, entre otros casos, si:

  • Es miembro del mismo grupo: controladora, subsidiaria, o dos subsidiarias de la misma controladora entre sí.
  • Es asociada o negocio conjunto de la otra, o de un miembro de su grupo.
  • Está controlada o controlada conjuntamente por una de esas personas.
  • Es un plan de beneficios post-empleo para los trabajadores de la entidad.
  • Le presta el personal clave de la gerencia a la entidad o a su controladora.
La esencia, no la forma. La norma exige evaluar la esencia de la relación y no solamente su forma legal. Que dos sociedades tengan socios distintos en el registro no cierra la pregunta si en los hechos las dirige la misma persona.

Quién NO es parte relacionada

Esta lista ahorra discusiones, porque la intuición suele fallar en el sentido contrario: se marca de más.
Caso¿Parte relacionada?
Dos empresas que comparten un administrador u otra persona claveNo, por ese solo hecho
Dos socios de un mismo negocio conjunto, entre síNo, por compartir el control conjunto
El banco que financia a la empresaNo
Un sindicatoNo
Una entidad de servicios públicosNo
Un departamento o agencia del gobiernoNo
Un cliente, proveedor, franquiciador o distribuidor exclusivo con volumen altoNo, por la mera dependencia económica
Ojo con la primera y la última. Compartir un administrador por sí solo no crea la relación. Pero si esa persona además controla a una de las dos, ya estamos en el supuesto de las personas y sí lo es. Y el proveedor que representa el 70 % de las compras no es parte relacionada, aunque condicione la libertad de acción de la empresa.

Lo que hay que revelar, en tres bloques

  • La relación controladora–subsidiaria, siempre

    Se revela haya habido transacciones o no. Nombre de la controladora y, si es distinta, de la controladora última del grupo. Si ninguna de las dos publica estados financieros, se da también el nombre de la controladora próxima más importante que sí ejerza como tal.

  • La remuneración del personal clave, en total

    El total de las remuneraciones del personal clave de la gerencia: las personas con autoridad y responsabilidad para planificar, dirigir y controlar las actividades, incluyendo a cualquier administrador, sea o no ejecutivo. Cuenta toda forma de contraprestación, incluida la que pague un accionista o la controladora en nombre de la entidad.

  • Las transacciones y los saldos

    La naturaleza de la relación con cada parte, más el detalle que hace falta para entender el efecto en los estados financieros.

Del tercer bloque, la norma fija un mínimo:

  • El importe de las transacciones.
  • El importe de los saldos pendientes, con sus plazos y condiciones, si están garantizados y con qué se van a liquidar.
  • El detalle de cualquier garantía otorgada o recibida.
  • Las provisiones por deudas incobrables sobre esos saldos.
  • El gasto del período por deudas incobrables y de dudoso cobro con partes relacionadas.

Y se presenta separado por categorías: quienes controlan o influyen sobre la entidad; aquellos sobre los que la entidad controla o influye; el personal clave de la gerencia, en total; y otras partes relacionadas.

De Ticuenta Marcar en el catálogo las cuentas por cobrar y pagar de socios y empresas del grupo evita reconstruir la nota al cierre; en Ticuenta Contabilidad esos saldos salen ya separados. Ver el programa

El caso de la empresa familiar, que es el caso real

El caso · qué hay que revelar y qué no
El socio mayoritario le alquila la bodega a la empresa
Se revela: importe, plazos, garantías
La empresa usa gratis un local del mismo socio
Se revela igual, el precio cero no la excluye
Préstamo del socio a la empresa, sin interés
Se revela: saldo, plazo, condiciones
Ventas a otra sociedad del mismo dueño
Se revela el importe y el saldo pendiente
Salario y dietas del socio-gerente
Van en el total del personal clave
El socio paga de su bolsillo un gasto de la empresa
Se revela: es una transacción entre partes relacionadas
La empresa le compra al proveedor de siempre, sin relación societaria
No se revela

La norma enumera qué operaciones entran, y la lista es larga:

  • Compras y ventas de bienes, y también de inmuebles.
  • Prestación o recepción de servicios.
  • Arrendamientos.
  • Transferencias de investigación y desarrollo, y acuerdos de licencia.
  • Financiación: préstamos y aportes de capital, en efectivo o en especie.
  • Garantías y avales.
  • Pagar un pasivo del otro, en su nombre.

«A precio de mercado»: no se puede decir sin más

Una entidad no señalará que las transacciones con partes relacionadas se hicieron en términos equivalentes a los de independencia mutua a menos que esas condiciones puedan ser justificadas o comprobadas.

Es una prohibición, no una recomendación. La frase «las operaciones con partes relacionadas se realizaron en condiciones de mercado», copiada de una plantilla y sin nada que la respalde, no cumple la norma. O hay soporte —cotizaciones, precios a terceros comparables, un estudio— o la frase no va.

Y aquí es donde deja de ser solo una nota

En Costa Rica esto tiene consecuencia fiscal directa. El artículo 81 bis de la Ley del Impuesto sobre la Renta obliga a quienes celebren operaciones con partes vinculadas, residentes en Costa Rica o en el exterior, a determinar sus ingresos, costos y deducciones usando los precios que pactarían partes independientes en operaciones comparables: el principio de libre competencia.

Dos precisiones del texto que suelen pasarse por alto:

  • También aplica entre empresas costarricenses. No hace falta que haya una casa matriz en el extranjero. Dos sociedades del mismo dueño en San José están dentro.
  • La valoración solo procede cuando lo acordado entre las partes resulta en una menor tributación en el país o en un diferimiento del pago del impuesto. No es un ajuste automático a toda operación entre vinculadas.

La Administración puede comprobar la valoración y hacer el ajuste correspondiente. Y cuando lo hace, queda vinculada por ese valor ajustado frente al resto de partes vinculadas residentes en el país, el ajuste va en las dos direcciones.

Por eso la nota de partes relacionadas y el soporte de precios son el mismo trabajo hecho una vez. Lo que sostiene la afirmación contable de que hubo condiciones de mercado es lo mismo que sostiene la posición fiscal si preguntan.

Qué dejar montado durante el año

  • Un listado de partes relacionadas, revisado en cada cierre: socios, familiares cercanos, sociedades del grupo, personal clave.
  • Cuentas separadas por cobrar y por pagar con cada una, en vez de una sola cuenta «socios».
  • El contrato de lo que se cobra —alquileres, préstamos, servicios— con plazo, tasa y garantías.
  • Lo que se hace gratis, anotado también: no genera asiento, pero genera revelación.
  • El soporte del precio si se va a afirmar que fue de mercado.
De Ticuenta

Los saldos con socios y empresas del grupo, separados desde el asiento

Una cuenta por cada parte relacionada, y la nota del cierre sale del auxiliar en vez de la memoria. El soporte de precios, también.

Ver Ticuenta Contabilidad

Sobre este artículo. La definición de parte relacionada, los casos excluidos, la información a revelar y la prohibición de afirmar condiciones de mercado sin respaldo están en la sección 33 de la NIIF para las PYMES (párrafos 33.1 a 33.14). El principio de libre competencia está en el artículo 81 bis de la Ley del Impuesto sobre la Renta, adicionado por la Ley 9635. Los reglamentos desarrollan los métodos, la documentación y la declaración informativa: consulte con su asesor qué obligaciones concretas le alcanzan. Información verificada al 7 de septiembre de 2026.

Fuentes: NIIF para las PYMES (IFRS Foundation) Textos vigentes en Sinalevi (Procuraduría)

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